Fondo de reserva y norma anticíclica
Una reserva de fondos segregada, con un tamaño objetivo y condiciones de disposición; presupuestos basados en los ingresos promedio de cinco años, con ahorro y disposición automáticos; y, a partir de 1.2, un fondo permanente con disposiciones limitadas y un dividendo.
Fondo de reserva y regla anticíclica
Propósito
Los ingresos fluctúan; los compromisos con los miembros, no. Una comunidad política sin reservas debe recortar servicios o aumentar las contribuciones justo cuando sus miembros menos pueden permitírselo. Esta regla crea una reserva en los años buenos, define cuándo puede utilizarse y, a partir de la versión 1.2, establece un fondo permanente cuyos rendimientos respaldan el presupuesto entre generaciones.
Artículo 1. Fondo de reserva
- La comunidad política mantiene un fondo de reserva separado de sus cuentas operativas.
- El tamaño objetivo del fondo equivale a seis meses del gasto operativo promedio de los tres años anteriores.
- Hasta alcanzar el objetivo, se ingresa en el fondo al menos el 5% de los ingresos de cada año antes de realizar cualquier otro gasto.
Artículo 2. Inversión
- El fondo de reserva se mantiene en activos líquidos de bajo riesgo que puedan hacerse efectivos en un plazo de 30 días.
- Los activos del fondo no pueden prestarse a titulares de cargos, sus familiares o empresas que controlen, ni utilizarse como garantía de otros préstamos.
- El tesorero informa a la asamblea cada trimestre sobre el saldo y las tenencias del fondo.
Artículo 3. Uso de la reserva
- Solo puede recurrirse a la reserva cuando los ingresos de un año caigan al menos un 5% por debajo de lo presupuestado, o cuando se haya declarado una emergencia en virtud de la regla sobre facultades de emergencia.
- Para recurrir a la reserva se requiere una decisión de la asamblea, aprobada por mayoría de sus miembros, que indique el monto y el propósito.
- En cualquier año, el monto utilizado no puede exceder la mitad del saldo al comienzo del año.
Artículo 4. Cuentas y auditoría
- Las cuentas del fondo de reserva son auditadas cada año por un auditor independiente del tesorero y del consejo, y el informe de auditoría se publica íntegramente.
- Cada uso de la reserva, cada ingreso en el fondo y el saldo al final de cada mes se registran en un libro mayor público.
- Si el saldo cae por debajo de la mitad del objetivo establecido en el Artículo 1, el tesorero debe informar a la asamblea en un plazo de 30 días y presentar un plan para reponerlo; el plan se debate en la siguiente reunión.
Artículo 5. Regla anticíclica
- Cada presupuesto se establece sobre la base de los ingresos normales previstos: el promedio de los ingresos efectivamente recaudados durante los cinco años anteriores, ajustado en función de los cambios en las tasas.
- Cuando los ingresos efectivos superen los ingresos normales previstos, el excedente se ingresa en la reserva hasta que esta alcance el 150% del objetivo establecido en el Artículo 1; cualquier excedente adicional se destina al pago de la deuda o, si existe, al fondo permanente.
- Cuando los ingresos efectivos sean inferiores a los previstos, el déficit se cubre con la reserva, sin necesidad de una votación separada, hasta el límite establecido en el Artículo 3(3).
- Después de cualquier uso, la reserva se repone en un plazo máximo de cinco años, a un ritmo que se publica en cada presupuesto.
Artículo 6. Orden de los recortes
Si el déficit supera lo que la reserva puede cubrir, la asamblea decide los recortes, pero primero debe proteger, en este orden: los pagos para subsistencia y cuidados; el mantenimiento necesario para mantener segura la infraestructura compartida; y las deudas ya contraídas. El orden se publica con cada presupuesto, para que se conozca antes de una crisis.
Artículo 7. Fondo permanente
- Los ingresos procedentes de la venta de recursos no renovables, de la venta de tierras comunales y de ganancias extraordinarias puntuales se ingresan en un fondo permanente. No se puede gastar el principal.
- Cada año, el presupuesto puede retirar como máximo el 4% del valor de mercado promedio del fondo durante los cinco años anteriores.
- Al menos la mitad de la retirada anual se paga como dividendo igual a cada miembro residente; el resto respalda el presupuesto general.
- El fondo es administrado por fideicomisarios nombrados por mandatos escalonados y sujetos a una política de inversión publicada, que excluye las inversiones en bonos de la propia comunidad política y en empresas controladas por titulares de cargos.
- Cualquier modificación del Artículo 7(1) o 7(2) está sujeta a un referéndum obligatorio.
- v1.2.0Añade un fondo permanente con un retiro del 4% calculado sobre el promedio de cinco años y un dividendo igualitario.27 oct 2026 · actual
- v1.1.0Añade la presupuestación basada en los ingresos normales esperados, el ahorro y el uso automáticos de la reserva, su reposición y un orden de recortes.27 oct 2026
- v1.0.0Objetivo de la reserva, límites de inversión y condiciones para recurrir a ella.27 oct 2026
Aún no hay bifurcaciones.
- Presupuesto participativoLos residentes deciden directamente cómo gastar una parte de un presupuesto público mediante propuestas, deliberación y votaciones.
- Dividendo de un fondo soberanoPago directo a los residentes, en forma de dividendo, de parte de los rendimientos de un fondo de inversión de propiedad pública.