Polity Atlas
Cerrado / fracasadoZona administrada por el Estado

Zona Internacional de Tánger

De 1925 a 1956 (salvo la ocupación española de 1940-45), Tánger y su distrito fueron administrados conforme a un estatuto de tratado por Francia, Gran Bretaña y España, a las que más tarde se sumaron Italia y otros países: un administrador internacional, una asamblea de miembros designados, un Tribunal Mixto y un régimen de libre comercio.

Ubicación
Punto de referencia: la ciudad de Tánger; la Zona incluía un distrito circundante de unas 200 millas cuadradas
En funcionamiento desde
1925
Gobernanza
Zona administrada por el Estado
Estatus jurídico
Reconocido
Economía
Mercado
Nivel de autonomía
Autogobierno sustancial
Usa IA en la gobernanza
No

La Convención del 18 de diciembre de 1923, revisada en 1928, dejó la Zona bajo la soberanía nominal del sultán de Marruecos, representado por un Mendub, y la declaró permanentemente neutral y desmilitarizada. Un administrador ejecutaba las decisiones de una Asamblea Legislativa Internacional compuesta por miembros extranjeros designados por los consulados, más marroquíes musulmanes y judíos nombrados por el Mendub; un Comité de Control de cónsules podía vetar sus disposiciones. Un Tribunal Mixto sustituyó a la jurisdicción consular. Los derechos de aduana se aplicaban solo a las mercancías consumidas en la Zona, y un mercado monetario libre y una fiscalidad ligera atrajeron la banca, el comercio de oro y el contrabando. El régimen terminó tras la independencia de Marruecos.

Cronología

  1. dic 1923Francia, Gran Bretaña y España firman en París, el 18 de diciembre, la Convención sobre el Estatuto de la Zona de Tánger. [S1]Establecido
  2. 1925El Estatuto entra en vigor y, con variaciones, rige la Zona durante unas tres décadas; establece un mercado monetario libre y una estructura fiscal casi totalmente exenta de impuestos. [S2]Establecido
  3. jul 1928Un acuerdo de revisión, fechado el 25 de julio, permite a Italia participar en el régimen. [S2]Establecido
  4. jun 1940España ocupa Tánger el 14 de junio; durante los dos años siguientes las instituciones internacionales son asfixiadas y finalmente desmanteladas. [S2]Establecido
  5. 1945Un Estatuto revisado, elaborado en París, restablece el régimen internacional, ahora abierto a los Estados Unidos y a la Unión Soviética; la Unión Soviética nunca ocupa su puesto. [S2]Establecido
  6. oct 1956Una conferencia de las potencias y Marruecos, celebrada del 8 al 29 de octubre, reconoce la abolición del régimen internacional y la plena soberanía de Marruecos.Establecido

Resultados y controversias

Tánger se convirtió en puerto franco y refugio financiero, con una prosperidad posterior a 1945 basada en la banca, el comercio de oro y el contrabando. Un observador de 1957 juzgó injusto el régimen: dirigido por y para unos 60 000 extranjeros, con poca consideración hacia unos 120 000 marroquíes.

Análisis retrospectivo

El régimen se apoyaba en el consenso entre las potencias y en la condición de protectorado de Marruecos. Tras la independencia marroquí, una conferencia de las potencias y Marruecos se reunió en octubre de 1956, reconoció la abolición del régimen internacional y restableció la plena soberanía marroquí sobre Tánger.

Afirmaciones

EstablecidoCLM-0175 · comprobada el 2026-10-23

Según el estatuto de 1923, revisado en 1928, la Zona era permanentemente neutral y desmilitarizada; un administrador ejecutaba las decisiones de una Asamblea Legislativa Internacional compuesta por extranjeros designados por los consulados, más seis marroquíes musulmanes y tres judíos nombrados por el Mendub, sujetas a un veto consular; un Tribunal Mixto sustituyó a la jurisdicción consular.[1][2]

EstablecidoCLM-0176 · comprobada el 2026-10-23

Los derechos de aduana se aplicaban solo a las mercancías consumidas en la Zona, y el Estatuto de 1925 establecía un mercado monetario libre y una estructura fiscal casi completamente libre de impuestos; después de 1945 esto favoreció un auge de la banca, del comercio de oro y del contrabando.[1][2][3]

TeoríaCLM-0177 · comprobada el 2026-10-23

Un informe de 1957 del personal de campo juzgó el régimen injusto en términos sociales y económicos: gestionado por y para unos 60.000 extranjeros, con escasa consideración hacia unos 120.000 marroquíes, y con un clima empresarial sin regulación.[1]

Fuentes