El artículo II del Tratado del Espacio Ultraterrestre prohíbe la apropiación nacional del espacio ultraterrestre y de los cuerpos celestes por reivindicación de soberanía, uso, ocupación o cualquier otro medio.[1]
Propuestas de gobernanza de asentamientos extraterrestres (Marte)
Propuestas sobre cómo podría gobernarse un asentamiento humano permanente en Marte, frente al Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre de 1967, que prohíbe la apropiación nacional de los cuerpos celestes y mantiene a los Estados responsables de sus actores privados.
- Ubicación
- Outer space (Mars)
- En funcionamiento desde
- 2015
- Gobernanza
- Carta / gobernanza propietaria
- Estatus jurídico
- No aplicable
- Economía
- No aplicable
- Nivel de autonomía
- Régimen regulatorio propio
- Usa IA en la gobernanza
- No
No existe ningún asentamiento. Según el Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre, que entró en vigor el 10 de octubre de 1967, los cuerpos celestes no pueden ser objeto de apropiación mediante reivindicación de soberanía, uso u ocupación (artículo II). Los Estados son internacionalmente responsables de las actividades gubernamentales y privadas, que requieren autorización y supervisión continua (artículo VI), y el Estado de registro conserva la jurisdicción sobre los objetos lanzados y su personal (artículo VIII). Las propuestas abarcan desde estudios académicos sobre la libertad y la gobernanza en asentamientos aislados hasta una cláusula de la versión beta de Starlink de 2020 que declara a Marte «planeta libre». Los juristas sostienen que tal cláusula no puede desplazar al tratado.
Cronología
- oct 1967El Tratado del Espacio Ultraterrestre se abre a la firma el 27 de enero y entra en vigor el 10 de octubre.Establecido
- 2015Charles Cockell edita «Human Governance Beyond Earth: Implications for Freedom», un volumen sobre cómo podrían gobernarse los asentamientos espaciales. [S3]Establecido
- dic 2020Se informa de que las condiciones del servicio de la beta de Starlink llaman a Marte «planeta libre» fuera de la autoridad de cualquier gobierno terrestre; un abogado especialista en derecho espacial sostiene en SpaceNews que la cláusula es nula. [S2]Disputado
- ene 2026La UNOOSA registra 118 Estados Parte en el Tratado del Espacio Ultraterrestre a 1 de enero.Establecido
Resultados y controversias
La gobernanza de un asentamiento en Marte sigue siendo hipotética. El Tratado del Espacio Ultraterrestre, con 118 Estados Parte a 1 de enero de 2026, es el marco jurídico vigente.
Afirmaciones
Los Estados asumen la responsabilidad internacional por las actividades nacionales en el espacio, incluidas las de entidades privadas, que requieren autorización y supervisión continua (artículo VI); el Estado de registro conserva la jurisdicción y el control sobre los objetos lanzados y su personal (artículo VIII).[1]
Se informó en 2020 de que las condiciones de la versión beta de Starlink declaraban Marte «planeta libre» fuera de la autoridad de gobiernos terrestres; al menos un abogado especialista en derecho espacial sostiene que esto es nulo conforme a los artículos II, VI y VIII.[1]
El volumen editado por Cockell examina cómo es probable que se gobierne a las personas en los asentamientos espaciales y qué implica esto para la libertad, incluido el control del oxígeno y los sistemas políticos y económicos de los asentamientos aislados.[1]